El Congreso Nacional aprobó por unanimidad la Ley Especial para el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas y el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario Nacional, junto con reformas a la normativa penitenciaria.
Las nuevas disposiciones establecen un régimen especial para las personas privadas de libertad identificadas como integrantes de organizaciones declaradas terroristas, así como para reclusos considerados de alta peligrosidad y agresividad.
Régimen de máxima seguridad
Entre las medidas aprobadas se contempla que estos privados de libertad permanezcan en celdas individuales dentro de áreas de máxima seguridad y bajo aislamiento, sin libre circulación en los centros penitenciarios.
Asimismo, tendrán restringido el acceso a teléfonos, computadoras, televisores, radios y otros dispositivos de comunicación que no estén autorizados por las autoridades penitenciarias.
Las llamadas telefónicas estarán sujetas a supervisión y grabación, con una duración máxima de 10 minutos y un límite de una llamada mensual a números previamente autorizados.
La normativa forma parte de las reformas orientadas a fortalecer el control de los centros penitenciarios y limitar las comunicaciones de personas privadas de libertad con estructuras criminales en el exterior.
