Un hombre fue condenado por un Juzgado de Violencia Doméstica a pagar una pensión alimenticia mensual de 6,000 lempiras a favor de un menor con quien, según su abogado defensor, no mantiene vínculo biológico ni filiación legal.

El abogado Óscar Mejía cuestionó la resolución y aseguró que durante el proceso se acreditó que su representado únicamente sostuvo una relación de noviazgo con la madre del menor.

Según explicó, la certificación de nacimiento establece que el niño se encuentra legalmente inscrito con el apellido de su padre biológico.

Defensa cuestiona resolución judicial

Mejía sostuvo que, pese a que no existiría filiación entre su cliente y el menor, el juez resolvió mantener la obligación económica argumentando la necesidad de proteger la estabilidad del niño.

De acuerdo con la versión de la defensa, durante la relación sentimental el hombre proporcionaba voluntariamente ayuda económica a la madre.

El abogado señaló que, tras finalizar la relación, la madre habría presentado una denuncia ante el Juzgado de Violencia Doméstica ante el temor de que esa ayuda dejara de ser entregada.

Mejía también afirmó que el padre biológico del menor ya aporta una pensión alimenticia.

Hombre pide apelar la resolución

El abogado relató que su representado reaccionó con sorpresa al conocer la decisión judicial y le solicitó iniciar las acciones legales correspondientes para que el caso sea revisado.

Ante la resolución, la defensa confirmó que presentará un recurso de apelación para que una Corte de Apelaciones examine el fallo.

Abogado denuncia dificultades para revisar expediente

El profesional del derecho también cuestionó el desarrollo del procedimiento y aseguró que personal del Juzgado de Violencia Doméstica le habría impedido acceder al expediente para revisarlo.

Estas afirmaciones corresponden a la versión proporcionada por la defensa del hombre.

Registro de deudores alimentarios

El caso también pone nuevamente sobre la mesa las consecuencias que puede enfrentar una persona que incumpla con obligaciones alimentarias.

En 2024, la Corte Suprema de Justicia oficializó el Reglamento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), que contempla la inscripción de quienes incumplan tres cuotas consecutivas o cinco alternadas.

Las personas inscritas pueden enfrentar restricciones para realizar determinados trámites administrativos y financieros, además de otras medidas contempladas en la normativa vigente.

La defensa indicó que recurrirá la resolución antes de que quede firme, con el objetivo de que una instancia superior determine si corresponde mantener la obligación de pagar los 6,000 lempiras mensuales.