Este jueves, a las 9:30 de la mañana, está prevista la audiencia de declaración de imputados contra varios exmiembros de la Comisión Permanente del Congreso Nacional, en el marco de un proceso judicial relacionado con las actuaciones de ese órgano legislativo durante el período 2022-2026.

El requerimiento fiscal también incluye al expresidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, y a antiguos integrantes de la comisión, a quienes se les atribuyen presuntos delitos vinculados con el ejercicio de sus funciones públicas y decisiones adoptadas durante su gestión.

Entre los delitos señalados en el expediente figuran la usurpación de funciones públicas, violación de los deberes de los funcionarios, falsificación de documentos públicos y perturbación ilícita contra el funcionamiento de las instituciones, según las imputaciones correspondientes a cada persona.

Los cargos contra los exintegrantes

Durante la audiencia, los señalados conocerán formalmente los cargos presentados por el Ministerio Público. Posteriormente, la autoridad judicial determinará las medidas que correspondan conforme al desarrollo del proceso.

Entre los exmiembros citados figuran Luz Angélica Smith Mejía, señalada por presunta falsedad en documentos públicos, usurpación de funciones y violación de los deberes de los funcionarios; mientras que Hugo Rolando Noé Pino, Carlos Alexis Raudales Maradiaga, Karen Vanessa Martínez Barahona, Josué Fabricio Carbajal Sandoval, Juan Alberto Barahona Mejía, Silvia Bessy Ayala Figueroa, Osman Danilo Chávez Guity, Kritza Jerlin Pérez Gallegos, Linda Francés Donaire Portillo, Scherly Melissa Arriaga Gómez y Edgardo Antonio Casaña Mejía figuran por presunta usurpación de funciones públicas.

El proceso también contempla a Luis Redondo, sobre quien se informó de una orden de captura y una alerta roja migratoria.

La comparecencia representa un nuevo avance en el proceso judicial relacionado con las decisiones atribuidas a la Comisión Permanente. Las imputaciones deberán ser examinadas por las autoridades competentes y no constituyen, por sí mismas, una declaración de culpabilidad.